Siendo la hora 00:30 de ayer, personal policial concurrió a la intersección de calles Juan Antonio Lavalleja y Uruguay por una rapiña, en el lugar se entrevistó con un hombre de 72 años, quien manifestó que concurrió a un cajero y en el interior del auto quedo su esposa de 71 años.
Al regresar a su vehículo un hombre desconocido se subió en los asientos de atrás y mediante amenazas exigió la suma de $1.000 (mil pesos uruguayos). El denunciante se negó y encendió el vehículo, tomando por calle Lavalleja; en la intersección con calle José Pedro Varela detiene el vehículo y ambas víctimas descienden del mismo.
El delincuente se traba en lucha con el hombre de 72 años y a posterior se da a la fuga logrando hurtar una cartera que se encontraba en el asiento de la acompañante.
Se trabaja.
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, condenó a L.D.B.A., como autor penalmente responsable de la comisión de un delito de hurto especialmente agravado, a la pena de trece meses de prisión, con descuento del tiempo de detención, sustituyéndose por un régimen de libertad a prueba (Ley N.º 19.889), consistiendo sus obligaciones en: a) Residencia en su domicilio denunciado. b) Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la D.I.NA.M.A. c) Presentación en la seccional policial de su domicilio una (1) vez por semana sin permanencia. d) Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de dos (2) veces por semana, dos (2) horas diarias y por el término de treinta (30) días





